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En qué consiste la cobertura médica para inmigrantes?

Contenido del artículo

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La mayoría de las personas de los siguientes grupos son elegibles para obtener cobertura a través del mercado de seguros Médicos:

  • Ciudadanos estadounidenses
  • Nacionales de los Estados Unidos
  • Inmigrantes legalmente presentes

Los inmigrantes indocumentados no son elegibles para adquirir cobertura médica a través del mercado. Tampoco son elegibles para créditos fiscales para la prima u otros ahorros en los planes del mercado.


Cobertura para inmigrantes que están legalmente en el país

Los inmigrantes que están de forma legal en el país son elegibles para obtener cobertura a través del mercado de Seguros médicos.

El término "legalmente presente" incluye a los inmigrantes que tienen:

  • El estatus migratorio de "No-ciudadano calificado" sin período de espera
  • Estatus humanitario o circunstancias especiales (incluyendo estatus de Protección Temporal, Estatus especial para jovenes, solicitantes de asilo, protegidos por la Convención contra la Tortura y víctimas de trata humana)
  • Visa de no inmigrante válida
  • Estatus legal conferido por otras leyes (estatus de residente temporal, Ley LIFE , Unidad Familiar)


Los inmigrantes legalmente presentes y los ahorros del mercado

Si usted es un inmigrante legalmente presente, usted puede comprar un seguro médico privado en el mercado.

Usted puede ser elegible para primas mensuales reducidas y menores gastos propios en base a sus ingresos.

  • Si su ingreso anual es del 400% del nivel federal de pobreza o menor usted puede ser elegible para créditos tributarios aplicables a las primas y otros ahorros.
  • Si su ingreso familiar anual es inferior al 100% del nivel de pobreza federal. Si usted no es elegible para Medicaid podrá ser elegible para créditos tributarios y otros ahorros en el mercado de seguros si cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad.

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Inmigrantes: Medicaid y CHIP

Los inmigrantes que son "No-ciudadanos calificados" generalmente son elegibles para la cobertura a través de Medicaid y el Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP), si cumplen con los requisitos de elegibilidad de ingresos de su estado.

El término "no- ciudadano calificado" incluye:

  • Residentes permanentes legales (LPR / Portadores de la tarjeta verde)
  • Asilados
  • Refugiados
  • Inmigrantes cubanos / haitianos
  • Con permiso condicional para estar en los EE.UU. durante al menos un año
  • Ingreso condicional concedido antes de 1980
  • Cónyuges, hijos, o padres abusados que no son ciudadanos.
  • Víctimas de trata humana y su cónyuge, hijos, hermanos o padres o personas con una solicitud pendiente para una visa de víctima de trata humana
  • Personas con retención de deportación
  • Miembros de una tribu indígena reconocida por el gobierno federal o indio americano nacido en Canadá


Períodos de espera para Medicaid y CHIP

Con el fin de obtener la cobertura de Medicaid y CHIP la mayoría de los residentes permanentes legales o los titulares de tarjetas verdes tienen un período de espera de 5 años.

Esto significa que deben esperar 5 años después de recibir un estatus migratorio autorizado antes de que puedan obtener Medicaid y CHIP.

Hay excepciones. Los residentes permanentes legales (LPR) que solían ser refugiados o asilados, por ejemplo, no tienen que esperar 5 años.

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Los estados pueden eliminar el período de espera de 5 años y cubrir legalmente a niños y / o mujeres embarazadas residentes. Un niño o una mujer embarazada se encuentra "residiendo legalmente" si esta presente en los Estados Unidos legalmente, si son residentes del estado, y son elegibles para Medicaid o CHIP en el estado.

Esta opción para proporcionar cobertura de Medicaid a niños que residen legalmente y / o mujeres embarazadas sin un período de espera de 5 años está vigente en 29 estados, más el Distrito de Columbia y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte. Veintiuno de estos estados ofrecen cobertura CHIP a niños o mujeres embarazadas con residencia legal.

Las personas que no son elegibles para Medicaid debido a que no tienen un estatus migratorio elegible pueden obtener cobertura de Medicaid para servicios de emergencia limitadas. Esto es cierto sólo si cumplen con todos los criterios de elegibilidad de Medicaid en el estado.

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Estatus de Medicaid, CHIP y "carga pública"

Aplicar para Medicaid o CHIP, o recibir ahorros para un seguro de salud en el mercado, no hace a alguien ser una "carga pública". Esto significa que no afectará sus posibilidades de convertirse en ciudadano o residente permanente legal de los Estados Unidos.

Hay una excepción. Las personas que reciben atención a largo plazo en una institución a expensas del gobierno pueden enfrentar barreras para conseguir una tarjeta verde.

El estatus migratorio y el mercado

Los inmigrantes con los siguientes estatus califican para obtener cobertura en el mercado de seguros médicos:

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  • Residente Permanente Legal (LPR / portadores de la tarjeta verde)
  • Asilados
  • Refugiado
  • Participante Cubano / Haitiano
  • Entrada condicional en los EE.UU.
  • Presente bajo entrada condicional concedida antes de 1980
  • Esposo, padre e hijo maltratados
  • Víctimas de la Trata de personas y su esposo / a, hijos, hermanos o padres
  • Suspensión de deportación o retención de expulsión en virtud de las leyes de inmigración o bajo la Convención contra la Tortura (CAT)
  • Individuo con estatus de no inmigrante (incluye visas de trabajo, visas de estudiantes y ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall y Palau)
  • Estatus de Protección Temporal (TPS)
  • Salida forzada diferida (DED)
  • Estatus de Acción Diferida (la Acción Diferida para los llegados en su Infancia (DACA) no es un estatus migratorio elegible para solicitar el seguro de salud)
  • Residente temporal legal
  • Orden administrativa aplazando una remoción expedida por el Departamento de Seguridad Nacional
  • Miembros de una tribu indígena reconocida por el gobierno federal o indio americano nacido en Canadá
  • Residente de Samoa Americana

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Los solicitantes de cualquiera de estos estatus califican para utilizar el mercado:

  • Estatus de Protección Temporal con autorización de empleo
  • Estatus de Inmigrante especial juvenil
  • Visa de Víctima de Trata
  • Ajuste a estatus LPR
  • Asilo
  • Suspensión de deportación o la retención de expulsión, en virtud de las leyes de inmigración o bajo la Convención contra la Tortura (CAT)


Los solicitantes de asilo son elegibles para la cobertura del mercado sólo si se han concedido la autorización de empleo o están bajo la edad de 14 años y han tenido una solicitud pendiente para un mínimo de 180 días.

Las personas con los siguientes estatus y que tienen autorización de empleo califican para el mercado:

  • Los solicitantes a través de registro
  • Orden de Supervisión
  • Solicitante de cancelación de Expulsión o Suspensión de Deportación
  • Solicitante de legalización bajo la Reforma de Inmigración y Control (IRCA)
  • Legalización bajo la ley LIFE

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Tipos de documentación de Inmigración

Puede que tenga que tener uno o más de los siguientes documentos al momento de solicitar e inscribirse en la cobertura del mercado.

Los documentos que usted necesita depende de su estatus migratorio.

  • Tarjeta de Residente Permanente, "Green Card" (I-551)
  • Permiso de Reingreso (I-327)
  • Documento de viaje de Refugiado (I-571)
  • Tarjeta de Autorización de Empleo (I-766)
  • Visa de inmigracián legible con máquina (con estampilla I-551 temporal)
  • Estampilla I-551 temporal (en el pasaporte o documento I-94 / I-94A)
  • Registro de Entrada / Salida (I-94 / I-94A)
  • Registro de Entrada / Salida en pasaporte extranjero (I-94)
  • Pasaporte extranjero
  • Certificado de Elegibilidad para estatus de estudiante No-Inmigrante (I-20)
  • Certificado de Elegibilidad para estatus de Visitante de Intercambio (DS2019)
  • Aviso de Acción (I-797)
  • Documento que indica la pertenencia a una tribu indígena reconocida por el gobierno federal o el indio americano nacido en Canadá
  • Certificación del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) Oficina de Reasentamiento de Refugiados de Estados Unidos (ORR)
  • Carta de elegibilidad de la Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) (si es menor de 18)
  • Documento que indica la suspensián de expulsión
  • Orden administrativa suspendiendo la remoción expedida por el Departamento de Seguridad Nacional
  • Número de extranjero (también llamado número de registro de extranjero o número USCIS) o número de formulario 1-94.

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Más información para las familias inmigrantes

Muchas familias inmigrantes tienen miembros de su familia con diferentes estatus de inmigración y ciudadanía.

Por ejemplo:

  • Algunas familias pueden tener miembros que pagan impuestos que no pueden comprar un seguro medico a través del mercado, mientras que otros miembros de la familia son elegibles para utilizar el mercado como ciudadanos o inmigrantes presentes legalmente.
  • En una familia de "estatus mixto", algunos miembros pueden no ser elegibles para obtener la cobertura completa de Medicaid, mientras que otros son elegibles para Medicaid y CHIP.

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Las familias con "estatus mixto" pueden solicitar créditos impositivos o reducciones de gastos del bolsillo por un seguro privado para sus familiares dependientes que son elegibles para la cobertura del mercado.

También pueden solicitar la cobertura de Medicaid y CHIP para sus familiares dependientes.

No se les preguntará a los miembros de la familia que no están solicitando la cobertura de salud si tienen estatus inmigratorio elegible.


Divulgación de estatus migratorio

Los mercados de seguros federal y estatal y los programas Medicaid y CHIP no pueden exigir a los solicitantes proporcionar información sobre el estado de ciudadanía o inmigración de los miembros de la familia que no esten solicitando cobertura.

Los estados no pueden negarle los beneficios a un solicitante debido a que un miembro de su familia que no esté solicitando cobertura no haya revelado su ciudadanía o estatus migratorio.

La información proporcionada por los solicitantes o beneficiarios no se utilizará con fines de control migratorio.

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Fuente

Geosalud, 27 de febrero del 2015

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