Qué es un animal de servicio ?
Esta publicación proporciona una guía sobre el término "animal de servicio" y las disposiciones de los animales de servicio en los nuevos reglamentos.
- Comenzando el 15 de marzo del 2011, sólo los perros se reconocen como animales de servicio bajo los títulos II y III de la ADA.
- Un animal de servicio es un perro que está entrenado individualmente para hacer un trabajo o realizar tareas para una persona con una discapacidad.
- En los títulos II y III se estipula que las entidades deben permitir que los animales de servicio acompañen a las personas con discapacidad a todas las áreas donde se permite ir a las personas sin discapacidad.
Cómo se define un animal de servicio ?
Los animales de servicio se definen como perros que son entrenados individualmente para hacer un trabajo o realizar tareas para las personas con discapacidad. Los ejemplos de tales trabajos o tareas incluyen las personas que son ciegas, la alerta a personas sordas, tirar de una silla de ruedas, la alerta y protección de una persona que está teniendo una convulsión, recordar a una persona con enfermedad mental de tomar los medicamentos prescritos, calmar a una persona con Trastorno de estrés postraumático (TEPT) durante un ataque de ansiedad, o realizar otras tareas.
Los animales de servicio son animales de trabajo, no mascotas. El trabajo o tarea por la que un perro ha sido entrenado debe estar directamente relacionada con la discapacidad de la persona.
Los perros cuya única función es proporcionar comodidad o apoyo emocional no califican como animales de servicio bajo la ADA.
Esta definición no afecta ni limita la definición más amplia de "animal de asistencia" en virtud de la Ley de Vivienda Justa o la definición más amplia de "animal de servicio" en virtud de la Ley de Acceso al Transporte Aéreo.
Donde se permiten los animales de servicio
Según la ADA, los gobiernos estatales y locales, empresas y organizaciones sin fines de lucro que atienden a público en general deben permitir que los animales de servicio acompañen a las personas con discapacidad a todas las áreas de la instalación donde el público normalmente es permitido. Por ejemplo, en un hospital no sería apropiado excluir a un animal de servicio de áreas tales como habitaciones de pacientes, clínicas, cafeterías o salas de examen. Sin embargo, puede ser apropiado excluir a un animal de servicio de quirófanos o unidades de quemados donde la presencia del animal puede comprometer un ambiente estéril.
Los animales de servicio deben estar bajo control
Según la ADA los animales de servicio deben estar amarrados con correa, o atados, a no ser que estos dispositivos interfieran con el trabajo del animal de servicio o que la discapacidad de la persona evite el uso de estos dispositivos. En ese caso, el individuo debe mantener el control del animal a través de la voz, señales, u otros controles eficaces.
Consultas, Exclusiones, cargos y otras reglas relacionadas con los animales de servicio
- Cuando no es obvio el servicio que ofrece un animal, sólo se permiten las investigaciones limitadas. El personal puede hacer dos preguntas:
- Es el perro un animal de servicio requerido debido a una discapacidad;
- Qué trabajo o tarea ha sido entrenado el perro para llevar a cabo.
El personal no puede preguntar acerca de la discapacidad de la persona, exigir documentación médica, pedir una tarjeta de identificación especial o documentación de entrenamiento para el perro, o pedir que el perro demuestre su capacidad para realizar el trabajo o tarea.
- Las alergias y el miedo a los perros no son razones válidas para denegar el acceso o denegar el servicio a las personas que utilizan animales de servicio.Cuando una persona que es alérgica a la caspa de perro y una persona que usa un animal de servicio deben pasar tiempo en la misma sala o instalación, por ejemplo, en un aula de la escuela o en un refugio para personas sin hogar, los dos deben ser acomodados asignandolos si es posible, a diferentes lugares dentro de la habitación o a habitaciones diferentes en la instalación.
- A una persona con una discapacidad no se le puede pedir que saque a su animal de servicio de las instalaciones a menos que:
- El perro esté fuera de control y el controlador no tome medidas eficaces para controlarlo;
- El perro no esté domesticado.
Cuando haya una razón legítima para pedir que el animal de servicio se retire el personal debe ofrecer a la persona con discapacidad la oportunidad de obtener bienes o servicios sin la presencia del animal.
- Los establecimientos que venden o preparan alimentos deben permitir a los animales de servicio en las zonas comunes, incluso si los códigos de salud estatales o locales prohíben animales en las instalaciones.
- Las personas con discapacidad que utilizan animales de servicio no pueden ser aisladas de otros clientes, tener un trato menos favorable que otros clientes, o ser cobrados gastos que no se cobran a los otros clientes sin animales. Además, si una empresa requiere un depósito o tasa que debe pagarse por los clientes con animales domésticos, debe renunciar al cargo para los animales de servicio.
- Si un negocio como un hotel normalmente cobra a los invitados por los daños que causan, un cliente con una discapacidad también puede ser cobrado por los daños causados por él mismo o su animal de servicio.
- El personal no está obligados a proporcionar cuidados o alimentos a animales de servicio.
Caballos miniatura
Además de las disposiciones sobre los perros de servicio, las normas de la ADA tienen una nueva disposición separada sobre los caballos en miniatura que han sido entrenados individualmente para hacer un trabajo o realizar tareas para personas con discapacidad.
(Los caballos miniatura generalmente varían en altura desde 24 pulgadas a 34 pulgadas, medido a los hombros y por lo general pesan entre 70 y 100 libras.)
Las entidades cubiertas por la ADA deben modificar sus políticas para permitir a los caballos miniatura cuando sea razonable.
Las regulaciones establecen cuatro factores de evaluación para ayudar a las entidades a determinar si los caballos miniatura se pueden alojar en sus instalaciones. Los factores de evaluación son:
- Si el caballo miniatura está domesticado;
- Si el caballo miniatura está bajo el control del titular;
- Si la instalación tiene capacidad de acomodar al tipo, tamaño y peso del caballo;
- Si la presencia del caballo miniatura no pondrá en peligro los requisitos de seguridad legítimos necesarios para la operación segura de la instalación.
Fuente
U.S Department of Justice
http://ada.gov
GeoSalud, 07 de mayo del 2016